¿POR QUÉ COLABORAR CON NOSOTROS?
Colaborar con Grupo AMÁS tiene multitud de beneficiosBENEFICIOS
1.- Orientación en la contratación
Me orientarán sobre los beneficios de contratar a una persona con discapacidad, así como las bonificaciones existentes.
2.- Bolsa de Empleo
Podré solicitar personal de la Bolsa de Empleo, que se ajuste a las necesidades, tanto formativas como laborales que tenga.
3.- Asesoramiento y apoyo
Me asesorarán sobre las necesidades del trabajador que voy a contratar, en cuestiones como el apoyo a la incorporación al puesto de trabajo u otras referidas a la adaptación del mismo.
4.- La Calidad que necesita
Me dan servicios de calidad necesarios para mi organización.
5.- Cumplimiento de la Ley LGD (Ley General de Discapacidad)
Me ayudaran a cumplir con La Ley LGD (Ley General de Discapacidado)
¿qué más necesitas para colaborar con nosotros?
PARA NUESTROS CLIENTES
Máxima profesionalidad
Calidad
Compromiso con el cliente
Integración
Amplia variedad de servicios
Amplia experiencia, con más de 15 años dedicados a la prestación de servicios empresariales y más de 30 años trabajando con las personas con discapacidad
Seriedad y rigor
Acogimiento a medidas alternativas y cumplimiento de la ley LGD “Ley General de Discapacidad” (asesoramiento y gestión administrativa)
PARA NUESTROS DONANTES, COLABORADORES Y PATROCINADORES
La gran satisfacción de colaborar con personas con discapacidad intelectual
Jornadas de voluntariado
Incentivos fiscales sobre donaciones y colaboraciones
Campañas de comunicación sobre las colaboraciones alcanzadas:
Inclusión del logotipo en las comunicaciones
Publicaciones en la web, revistas, boletines
Inserción en prensa nacional, etc.
Ley General de Discapacidad
“Cubrimos tu necesidad y juntos damos un valor añadido a la sociedad”
¿MI EMPRESA ESTÁ OBLIGADA A CONTRATAR PERSONAS CONDISCAPACIDAD?
La Ley General de Discapacidad (antigua LISMI – Ley de Integración Social de los Minusválidos) establece “Las empresas de 50 ó más trabajadores han de contratar un no de trabajadores discapacitados no inferior al 2% de la plantilla”.
¿Y SI NO PUEDO CONTRATAR PERSONAS CON DISCAPACIDAD?
Ante la dificultad de las empresas para cumplir la Ley General de la Discapacidad se flexibiliza esta norma mediante unas Medidas Alternativas que se ven recogidas en el RD 27/2000. Para acogerse a estas medidas es necesario solicitar un Certificado de Excepcionalidad.